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Las 4 nuevas normas de la DGT que entrarán en vigor en 2025

Las nuevas normas afectarán a todos los vehículos, especialmente a las motos, vehículos prioritarios y grúas

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que el año que viene se modificarán varios artículos del Reglamento General de Circulación (RGC) relativos al uso del carril y del arcén en vías interurbanas para dar una mayor seguridad y fluidez a la circulación. Tal como ha anunciado la DGT en su página web, los cambios del RGC se harán por Real Decreto, entrarán en vigor en 2025 y afectarán a todos los vehículos que circulan en España, especialmente a las motos, a los vehículos prioritarios y a las grúas. A continuación te detallamos todos los cambios que llegarán el año que viene a nuestras carreteras.

Prohibido adelantar con mal tiempo

La primera modificación del Reglamento General de Circulación la encontramos en el artículo 31, que se ampliará a partir de 2025 con un nuevo punto que establecerá la forma en la que se deberá circular por autopistas y autovías con mal tiempo, es decir, cuando el hielo o la nieve compliquen la circulación. Concretamente, la modificación del artículo establecerá la prohibición de adelantar para todos los vehículos, que se verán obligados a mantenerse en el carril de la derecha y seguir las restricciones establecidas para los niveles de la nieve. De este modo, el carril izquierdo quedará totalmente libre para la circulación de vehículos de emergencia y quitanieves.

$!Estará prohibido adelantar en autopistas o autovías con mucha nieve o hielo

Según Ana Blanco, subdirectora adjunta de Circulación de la DGT: “Cuando hay mal tiempo en las carreteras es previsible que se bloqueen todos los carriles, de forma que el recorrido de las máquinas quitanieves en sus labores de limpieza de la vía puede quedar interrumpido. Con esta modificación pretendemos facilitar el trabajo de los servicios de mantenimiento de la vía y que las condiciones para circular sigan siendo óptimas a pesar de las malas condiciones meteorológicas”.

Paso para emergencias en las retenciones

El segundo cambio también se da en el artículo 31 del Reglamento General de Circulación. La modificación afectará a todos los conductores que circulen por autopistas o autovías y se encuentren totalmente detenidos, o circulen muy despacio, por culpa de una retención o un accidente de tráfico.

La nueva normativa establecerá que los conductores deberán abrirse hacia los lados (los del carril derecho a la derecha y los del carril izquierdo a la izquierda) de modo que dejen una especie de pasillo central libre entre carriles para que puedan pasar los vehículos de policía o los servicios de emergencia. Cabe destacar que la normativa actual establece la prioridad de los vehículos prioritarios en servicio de urgencia pero no concreta cómo se deben de comportar el resto de conductores en vías congestionadas.

$!Una retención

“El objetivo de esta modificación es precisamente explicar de una forma clara cómo deben comportarse los conductores en estas circunstancias para facilitar el trabajo de los servicios de emergencias y agilizar su acceso a las víctimas de un siniestro”, explica Ana Blanco.

Las motos podrán circular por el arcén

El tercer cambio que entrará en vigor en 2025 modificará el artículo 36 del RGC para autorizar a las motocicletas a circular por el arcén de la derecha en todo tipo de vías con retenciones circulatorias, aunque con dos condiciones: deberán circular a una velocidad no superior a 30 km/h y respetando siempre la prioridad de los vehículos obligados a circular por el arcén, como las bicicletas.

“Esta es una medida para dar fluidez a la circulación de los motociclistas con unas condiciones determinadas de seguridad”, señala la subdirectora adjunta de Circulación de la DGT.

$!Las motos podrán circular por el arcén en todo tipo de vías con retenciones

Las grúas y ambulancias también podrán circular por el arcén

La última modificación del RGC autorizará a los vehículos prioritarios y de auxilio en vías públicas, es decir, a las grúas, a usar los arcenes para prestar servicios de urgencias. No obstante, al igual que las motos, estos vehículos deberán cumplir con algunas condiciones: utilizar señales luminosas y reflectantes y no superar los 30 km/h (excepto los vehículos prioritarios).

$!Los vehículos prioritarios y las grúas podrán ir por el arcén