Fumar mientras se conduce puede salir caro, ¿sabes por qué?

Fumar al volante no está sancionado si no supone una falta de atención a la conducción

Fumar al mismo tiempo que se conduce no es una acción perseguida por la Dirección General de Tráfico (DGT). Pero, de acuerdo a la ley, si esta acción hace que el conductor del vehículo sufra una distracción, entonces sí puede ser constitutiva de sanción. Basándose en esto, los agentes de tráfico de la Guardia Civil, han multado a seis personas entre los días 16 y 22 de septiembre durante una campaña especial de vigilancia y concienciación sobre las distracciones.

Los agentes, que han controlado en estos siete días a más de 300.000 vehículos, realizaron algo más de 8.200 intervenciones. De todas ellas, acabaron en denuncia 5.749 por algún tipo de distracción al volante.

Según afirma Tráfico, los resultados de esta campaña demuestran que el uso del móvil al volante sigue siendo, dentro de las acciones que implican una distracción en la conducción, la infracción más cometida por los conductores. Más de un tercio de las sanciones correspondieron al uso manual del teléfono.

Pueden llamar más la atención los seis conductores multados por fumar mientras conducen, ya que no es, como tal, una acción punible. Al igual que en otras acciones como conducir con chancletas o sacar el codo por la ventanilla, es el agente de tráfico el que decide si dicha actitud está suponiendo un despiste para el conductor y si por ello constituye un delito.

Sacar el codo por la ventanilla también puede ser motivo de multa. Foto: Shutterstock
El artículo 18.1 indica que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados". Si el hecho de fumar está suponiendo un riesgo para la seguridad, la persona al volante podrá ser sancionada. Así, manipular un mechero, buscar la cajetilla de tabaco o encender un cigarrillo pueden ser acciones penadas.

Otras distracciones

El uso de cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, distintos del teléfono móvil, también ha sido motivo de denuncia para algunos conductores, puesto que el uso de los mismos mientras se conduce está prohibido. En concreto, 384 conductores fueron denunciados por este precepto.

La utilización o manipulación de navegadores, pantallas de acceso a Internet, reproductores de vídeo o DVD durante la conducción fue motivo de denuncia para 33 conductores.

Además de estas acciones concretas, los agentes formularon 1.392 denuncias por otras infracciones que provocaban distracción en la conducción: 32 por conducir comiendo; 372 por colocarse el cinturón durante la conducción; 78 por búsqueda de objetos; 128 por lectura de documentos mientras conducen, o 32 por distracción con otros usuarios, entre otras.

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